viernes, 23 de septiembre de 2016

TIP´S PARA UNA BUENA ADOPCION DE LAS NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACION FINANCIERA

·         Por supuesto al leerlas no entenderá algunos temas, o el lenguaje le parecerá un poco complejo, para ello es necesario que realice un curso corto, el cual puede ser un diplomado en una universidad o institución adecuada, esto le ayudará a comprender un poco más las palabras y conceptos utilizados por las NIIF.
·         Una vez haya realizado los pasos uno y dos, observe ejercicios resueltos por otros profesionales, observe material en internet por parte de las firmas de contadores y algunas universidades.
·         En cada ejercicio que realice intente encontrar los párrafos a los cuales hace referencia el tratamiento en las NIIF, hay ejercicios descoordinados o desactualizados.
·         Lea todo lo que pueda relacionado con las NIIF, pero no lo tome como cierto, siempre relaciónelo con el párrafo de la NIIF correspondiente.
·         Para las PYMES, existe un excelente link propuesto por la fundación IFRS, allí podrá encontrar cartillas en español sobre las secciones correspondientes y explicada de las NIIF para PYMES, las puede consultar en: http://www.ifrs.org/IFRS-for-SMEs/Pages/Spanish-Modules.aspx
·         Y por supuesto consulte www.gerencie.com en lo relacionado con las guías que se emitan relacionadas con las NIIF.
Dentro de las recomendaciones que puedo aportar a las nuevas personas que se inicien en las NIIF, están las siguientes:
·         No compare las NIIF con los PCGA colombianos, sé que es un procedimiento muy recomendado por expertos en el tema, pero yo solo lo recomiendo para los expertos, lo demás puede generar confusión y debate en temas no tan relevantes, lo importante no es como se hizo, sino como se hará.
·         Cada vez que lea las NIIF, y encuentre diferencias con el tratamiento tributario actualmente aceptado por la administración de impuestos (encontrara bastantes), no se espante ni piense que esto le hará pagar más o menos impuestos, recuerde lo que dicen las NIIF es para efectos de información financiera, lo que dice la autoridad tributaria es para hacer declaraciones de renta. Independencia entre ambos.
·         Lea a Samuel Alberto Mantilla, es una persona que tiene un pensamiento muy particular en referencia con los demás contadores públicos, recomiendo sus lecturas le hacen pensar diferente (así usted no esté de acuerdo con él, por favor léalo).

·         Acepte los cambios y asimílelos poco a poco, hoy son nuevos, mañana será un tema que ya habrá dominado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario